PH by Aoniken

La Democracia conlleva el respeto por las Normas y Estatutos

*******ESTATUTO COOPERATIVO*******

En la fase de pre-arranque de la cooperativa, a partir del acto fundacional hasta su puesta en marcha con el primer contrato que tenga carácter de permanente, todos los cargos y posiciones jerárquicas, sin excepción, son ad-honorem.

 

Cooperativa Practihogar CAPITULO I

Posteado  Chonke el 09.09.2008

 

 

ART. 1º: Con la denominación de COOPERATIVA DE TRABAJO  PRACTIHOGAR LIMITADA, se constituye una cooperativa de trabajo que se regirá por las disposiciones del presente Estatuto, y en todo aquello que éste no previere, por la legislación vigente en materia de cooperativas.

 

ART. 2º: La Cooperativa tendrá su domicilio legal en la calle ....................... de la localidad de Del Viso, Provincia de Buenos Aires, República Argentina.

ART  3º: La duración de la Cooperativa es ilimitada. En caso de disolución su liquidación se hará con arreglo a lo establecido por este estatuto y la legislación cooperativa.

 

 

 

Articulo IV 

Posteado Por Chonke el 21.06.2008

 

cooperativismo

 

La Cooperativa excluirá de todos sus actos las cuestiones políticas, religiosas, sindicales, de nacionalidad, regiones o razas determinadas.

 

 

 

Articulo V de las actividades

Posteado Por Chonke el 21.06.2008

 

La Principal actividad de la Cooperativa es la de promover la participación activa de los socios en el proceso de democratización de la economía, el mejoramiento del nivel de vida de todos sus miembros mediante el trabajo colectivo, armónico y técnico.

Promover la capacitación asociativa, cultural y profesional de los miembros  para lograr una organización sólida y permanente en lo económico, social, cultural y político.

La integración y colaboración en los planes y programas de desarrollo económico y social del Gobierno, actuando como elemento dinámico y orientador del desarrollo.

La integración con los canales de comercialización y contrataciones y a los planes de financiamiento para obtener los recursos necesarios para la ejecución de los planes productivos y la comercialización de los productos.

 

Articulo VI 

Posteado Por Chonke el 21.06.2008

 

Las Ideas son inspiración, no son patrimono propio, son mensajes divinosEl Consejo de Administración dictará los reglamentos Internos a los que se ajustarán las operaciones previstas en el artículo anterior, fijando con precisión los derechos y obligaciones de la Cooperativa y de sus miembros. Dichos reglamentos no tendrán vigencia sino una vez que hayan sido aprobados por la Asamblea y la Autoridad de aplicación de la Ley 20.337 y debidamente inscriptos, excepto los que sean de mera organización Interna de las oficinas.

Con ojos de Tehuelche

Posteado  Chonke el 07.07.2008

 

El congresoResulta un verdadero desafío comprender una cultura que no es la propia, especialmente si uno solo se dedica transmitir y a recibir informacion sobre ella sin experimentar sus valores y su forma de vida.

La armonización de a caballo es una actividad amplia y valorativa para tener vivencias mas directas del modo de vida de los tehuelches, su forma de relacionarce entre si y con la naturaleza que los rodeaba. 

 

 


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Comentario:

Educación Moral  

Random foliageEs absolutamente indispensable encarar una reeducación moral de las personas marginadas del sistema, la reimplantación de valores debe ir acompañada del necesario "asistencialismo" en demostración de posibilidades reales de superación.

 

 

 

 

Ley de Cooperativas

Legado del Pocho el 02.05. 1973

"El General"El proyecto responde a una sentida necesidad y a sido concebido con una moderna técnica legislativa , inspirándose en las fuentes más autorizadas de la materia, por lo que se estima servirá adecuadamente a los fines que la motivan.

 

 

 

 

Director de Cooperativas  

Está en funciones como director de cooperativas en la provincia de Buenos Aires el ingeniero Carlos Boufflet, un socialista cuya tarea depende del Ministerio de la Producción

 

 

 

Asociarce  

Random foliageART. 9º: Podrá asociarse a esta Cooperativa toda persona física mayor de dieciocho años de edad que tenga la idoneidad requerida para el desempeño de las tareas que requiera la empresa.